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Recepción de documentos para solicitar compensación económica del mes de febrero de 2023

COMUNICADO URGENTE

LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE TERRESTRE, DEL VICEMINISTERIO DE TRANSPORTE INFORMA a TODOS LOS PRESIDENTES DE CAJA ÚNICA, lo siguiente:

Que en cumplimiento al Decreto Legislativo 257 emitido el 22 de diciembre de 2021, publicado en el Diario Oficial N° 245 Tomo 433 de fecha 23 de diciembre de 2021 y el Decreto Legislativo 617 emitido el 20 de diciembre de 2022, publicado en el Diario Oficial N° 242 Tomo 437 de fecha 22 de diciembre de 2022, del 01 al 07 de marzo de 2023, se habilitará la recepción de SOLICITUDES DE AUTORIZACIÓN DE COMPENSACIÓN ECONÓMICA correspondientes al mes de FEBRERO DE 2023. Las solicitudes de ingreso serán generadas a través de la unidad de Call Center, debiendo presentar la documentación física en la Unidad de Atención al Usuario de SOHO, Santa Ana o San Miguel, de conformidad a la programación publicada y acorde al número de inscripción de la caja única 2022.

La documentación que deberá ser presentada para solicitar la autorización de la compensación económica es la siguiente:

  • Solicitud de Ingreso emitida por la Unidad de Call Center;
  • Solicitud de Autorización de Compensación Económica autenticada por notario;
  • Declaración Jurada otorgada por el presidente de caja única y autenticada por notario.

Los formatos de solicitud de autorización de compensación económica y declaración jurada estarán disponibles en el sitio oficial del Viceministerio de Transporte.

Con el propósito de evitar retrasos en la autorización de la compensación económica, el presidente de caja única deberá garantizar en las solicitudes presentadas lo siguiente:

  • Presentar una solicitud de compensación económica por caja única;
  • Generar las solicitudes de ingreso a nombre del Presidente de Caja Única registrado;
  • Relacionar en el formulario de solicitud de compensación económica, el número de caja única vigente;
  • Presentar declaración jurada, ordenando de forma ascendente (de menor a mayor) las placas que han cumplido con todos los requisitos exigidos por la Ley, relacionando correctamente el nombre del concesionario o permisionario autorizado para prestar el servicio de transporte público de pasajeros.

Las obligaciones que serán verificadas por cada unidad de transporte, en las solicitudes de autorización de compensación económica del mes de FEBRERO DE 2023, son las siguientes:

  1. Haber prestado el servicio de transporte colectivo a través de conductores autorizados;
  2. Haber cobrado la tarifa autorizada por la prestación del servicio;
  1. Haber cumplido con el Plan General Operativo de la ruta;
  2. Haber prestado el servicio de transporte con cortesía, corrección y diligencia, a través de vehículos que garanticen la seguridad, comodidad, trato equitativo y digno de los usuarios;
  3. Haber prestado el servicio de transporte colectivo de forma continua, cumpliendo con los protocolos sanitarios y de bioseguridad, usando las terminales y puntos de meta, y permitiendo la supervisión y control de la Dirección General de Transporte Terrestre;
  4. Contar con registro de caja única autorizada en el mes de febrero de 2023;
  5. Que el concesionario o permisionario vinculado a cada unidad de transporte, cuente con información actualizada en el registro correspondiente, al 28 de febrero de 2023;
  6. Haber operado en el mes de febrero de 2023, con el permiso de línea vigente.
  7. Haber operado en el mes de febrero de 2023, con la tarjeta de circulación vigente.
  8. Haber operado en el mes de febrero de 2023, con un vehículo que no supere la antigüedad máxima permitida por la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.
  9. Haber prestado el servicio de transporte colectivo, durante un período mínimo de 21 días en el mes de febrero de 2023.

Asimismo, se informa que de acuerdo a las disposiciones emitidas por esta Dirección, la verificación del cumplimiento de las obligaciones establecidas en los numerales 1, 2, 3, 4 y 7, del del artículo 12 de la Ley Transitoria para la Estabilización de las Tarifas del Servicio de Transporte Público de Pasajeros Tipo Colectivo y Masivo, se realizará de la siguiente manera:

  • Sistema GPS, Uso de Sistema de Recaudo Electrónico, Revisión Técnica Vehícular y Emisión de gases, de conformidad a la programación que sea autorizada y comunicada oportunamente.
  • Solvencia de Multas de Tránsito: Se verificará únicamente en las solicitudes de autorización de compensación económica de los meses de junio 2023, diciembre 2023 y abril 2024.
  • Cumplimiento del Plan General Operativo: se verificará de conformidad a las programaciones establecidas por la Inspectoría General.

Finalmente, se informa que de conformidad a los Decreto Legislativos antes relacionados, las Cajas Únicas registradas durante el año 2022 permanecerán vigentes para el año 2023, por tanto no será necesaria la solicitud de nuevas inscripciones, pudiendo solicitarse las modificaciones que se consideren pertinentes.

Publicado el 23-02-2023.