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Dirección General de Transporte de Carga

OBJETIVO DE LA UNIDAD:

Regular y controlar las actividades del transporte de carga de conformidad con la Ley Especial de Transporte de Carga por Carretera y demás disposiciones legales aplicables.

PRINCIPALES FUNCIONES:

  1. Proponer, para la aprobación del Viceministerio de Transporte, las políticas sobre transporte de carga que permitan, lograr un eficiente servicio, de acuerdo con la Ley Especial de Transporte de Carga por Carretera y su Reglamento en coordinación con el sector;
  2. Definir las políticas y regulación del transporte de carga por carretera, de mercancías, materiales peligrosos, perecederos y maquinarias especiales;
  3. Estudiar, supervisar y evaluar el transporte de carga por carretera;
  4. Establecer rutas, horarios y especificaciones del transporte de carga por carretera, con el objeto de mejorar el ordenamiento vehicular, conservar la red vial y preservar el medio ambiente, a excepción de las rutas y plazos fiscales, los cuales serán regulados por la legislación aduanera correspondiente;
  5. Ordenar la circulación y el estacionamiento de vehículos de carga, dimensiones y demás características relacionadas con los mismos, a fin de evitar daños y perjuicios a las personas, los bienes y a la infraestructura vial, salvo las zonas primarias bajo el control aduanero en las cuales dicho ordenamiento será establecido en forma coordinada con la Dirección General de Aduanas;
  6. Establecer zonas y horarios de carga y descarga;
  7. Establecer la señalización de carácter informativo que defina las rutas para el transporte de carga por carretera;
  8. Fijar el establecimiento de las terminales de carga, a excepción de las rutas y plazos fiscales, los cuales serán regulados por la legislación aduanera correspondiente; 9)Ejecutar acciones de control encaminadas a verificar el cumplimiento de esta Ley, su reglamento y demás normativa aplicable;
  9. Concertar con las personas legalmente constituidas, prestadoras del referido servicio, mecanismos de consulta que coadyuven a la planeación y coordinación del transporte de carga por carretera, procurando para tal efecto incorporar a las autoridades competentes;
  10. Proponer planes y proyectos para el desarrollo del sector y de la Dirección;
  11. Dirigir el trabajo de la Dirección a fin de cumplir con las metas y objetivos planteados;
  12. Cumplir con las funciones y atribuciones que la ley otorga a la Direcciona si como verificar el cumplimiento de la ley por parte del sector;
  13. Realizar coordinaciones con otras instituciones a fin de garantizar el trabajo de la Dirección.
  14. Coordinar el Consejo Superior de Transporte de Carga;
  15. Cumplir con lo establecido en el título VI del Reglamento Interno y de Funcionamiento del Ministerio;
  16. Cumplir  con la Ley Especial de Transporte de Carga por Carretera en el área de su competencia; y
  17. Otras atribuciones que sean encomendadas por las autoridades respectivas.